abril 23, 2024

¿Ganaste dinero?  puede apelar

¿Ganaste dinero? puede apelar

Trabajadores no cubiertos por bono salarial PIS/Pasepaño base 2020, pero entienden que tienen derecho a la prestación, ahora pueden acudir al Ministerio del Trabajo y Previsión Social para tratar de conseguir el dinero.

Las preguntas deben hacerse por correo electrónico, a través de los departamentos laborales regionales. La dirección de correo electrónico es prácticamente la misma para todos los estados, solo es necesario agregar la UF (Unión de Federaciones) correspondiente al estado en el que vives. En São Paulo, por ejemplo, la dirección de correo electrónico es [email protected]; en Amazonas, [email protected]; En Pernambuco, [email protected]. (Ver más instrucciones a continuación)

El período de revisión de la apelación es de «unos 45 días», según el Departamento de Trabajo.

Este año, los pagos de subsidios Empezó en febrero. El último grupo en recibir trabajadores del sector privado nació en diciembre. Otorgado el 31 de marzo. Todos los beneficiarios pueden retirar fondos hasta el 29 de diciembre.

reglas rectoras

En el correo electrónico que se enviará al supervisor laboral regional de su estado, el trabajador debe incluir:

  • Nombre completo;
  • fecha de cumpleaños;
  • CPF.
  • En su caso, número de registro PIS (Sector Privado) o Pasep (Funcionarios Públicos).

Además, la apelación debe incluir «texto y prueba documental que acredite el derecho a una bonificación salarial», según explicó el Departamento de Trabajo a UOL. Es decir: el trabajador debe acreditar estar afiliado al PIS/Pasep hace por lo menos cinco años; que ganaron salarios mínimos por mes, en promedio, en 2020; que trabajó durante al menos 30 días en 2020.

Agregó que “en el análisis del recurso se valorará cualquier inconsistencia en la tramitación, cuando se produzca la correcta transmisión de la relación comercial, cuya obligación recae enteramente en el empresario”.

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Los trabajadores que no tengan acceso a Internet podrán interponer el recurso en una de las unidades del órgano territorial de control del trabajo de su estado, personalmente, previa cita.

Preselección

El gobierno federal aún aconseja a los trabajadores que verifiquen todos los canales posibles para confirmar si han recibido o no el subsidio antes de presentar una apelación. “Hay casos en que se deposita el subsidio, pero los beneficiarios no especifican el recibo en sus cuentas”, dijo el Ministerio del Trabajo en una nota publicada en su sitio web oficial.

Las asignaciones siempre son pagadas por Caixa Econômica Federal (PIS, iniciativa privada) y Banco do Brasil (BAJOy funcionarios públicos).

Caixa realiza depósitos directamente en una cuenta corriente, cuenta de ahorro o cuenta de ahorro social digital. Si no se dispone de ninguna de estas alternativas, se puede retirar el crédito en oficinas y puntos de lotería a través de autoservicio y Caixa Aqui.

Por otro lado, los titulares de cuentas BB tienen sus beneficios disponibles directamente en su cuenta. El bono también se puede retirar en cualquier sucursal del banco.

¿Qué pasa con la asignación de 2019?

En este momento, los reguladores regionales analizarán las solicitudes que se refieran únicamente a la asignación del año base 2020.

«Para obtener posibles recursos sobre la asignación salarial del año base 2019, el Departamento de Trabajo y Pensiones se ha puesto en contacto con Dataprev para desarrollar y adaptar las funcionalidades del nuevo sistema. La empresa proporcionará al Departamento, hasta el 31 de mayo, la solución tecnológica para desbloquear y analizar estos recursos administrativos”, informa el Gobierno Federal.

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¿Quién tiene el derecho?

Todos los trabajadores del sector privado y empleados públicos que ganaron el salario mínimo mensual por lo menos dos veces, en promedio, en 2020 tienen derecho al subsidio en 2022. Los ciudadanos también deben estar registrados en PIS o Pasep por al menos cinco años.

En el caso de los trabajadores del sector privado, en concreto, también es necesario trabajar con contrato oficial durante al menos 30 días en 2020.

Todos los ciudadanos aún necesitan que su empleador informe correctamente sus datos al gobierno.

No tienen derecho a la prestación:

  • empleadas domésticas y empleadas domésticas;
  • trabajadores rurales empleados por particulares;
  • trabajadores urbanos empleados por particulares;
  • Empleados de una persona física equivalente a una persona jurídica.

¿Cuál es el valor?

El monto de la prestación es proporcional al período en que el trabajador trabajó con contrato oficial en 2020. Cada mes de trabajo equivale a un beneficio de R$ 101.

Por lo tanto, para saber cuánto recibirán, basta que el trabajador multiplique el número de meses en los que recibió un contrato oficial en 2020 por R$ 101. Los períodos iguales o superiores a 15 días se consideran un mes completo.

El beneficio máximo, que equivale a 12 meses de empleo, es el salario mínimo. Cabe señalar que la referencia es el mínimo nacional vigente a la fecha de pago y no en el año base. En otras palabras: aunque el salario mínimo fue más bajo en 2020 (1.045 R$), los que tienen derecho al beneficio máximo ahora recibirán R$ 1.212, que es el valor actual.