¿Cuáles son las características más destacadas del proyecto?
Estos son los principales cambios propuestos por el proyecto, según Sandro Raimondo, abogado miembro de la Comisión Especial de Derecho de Seguros y Reaseguros de la OAB-SP:
Queda prohibida la suspensión o terminación unilateral de planes grupales: El proyecto de ley amplía la prohibición de suspensión o rescisión unilateral de contratos de planes de salud por parte de operadores/aseguradores para incluir planes grupales. Según la legislación actual, esta prohibición se aplica únicamente a los planes de contratación individuales.
Se solicitará a los operadores que justifiquen la denegación del trámite o servicio: Si se deniega la autorización para realizar el procedimiento o servicio solicitado por el médico del asegurado, el operador deberá comunicar detalladamente, mediante documento escrito, en lenguaje claro y adecuado, el motivo de la denegación de la autorización para el procedimiento o servicio, indicando los motivos contractuales o legales. condición que lo justifica.
Mayor transparencia en los procedimientos de solicitud de licencias: Los procesos de solicitud de autorización para realizar procedimientos o pruebas deben ser transparentes, permitiendo al usuario monitorear el progreso y los motivos de posibles retrasos o denegaciones de cobertura, incluso de forma digital.
Establecer reglas y límites para la participación conjunta: El proyecto especifica que la participación conjunta debe limitarse al 30% del valor de los procedimientos o eventos de salud, respetando también el valor máximo del plan. También estipula que en el caso de tratamiento en hospitales psiquiátricos, no podrá haber participación; No impide la participación conjunta en relación con la hospitalización en general, o para otras especialidades médicas.

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