octubre 28, 2024

Impuestos extraterritoriales: ¿se gravarán los dividendos?  ¿Merece la pena actualizar el valor de la inversión?  Ver simulación

Impuestos extraterritoriales: ¿se gravarán los dividendos? ¿Merece la pena actualizar el valor de la inversión? Ver simulación

La Medida Provisional 1171/2023 publicada por el gobierno el último día de abril propone una serie de cambios en la tributación de las inversiones realizadas en el extranjero, ya sea directamente por personas físicas o a través de sujetos obligados y confianza – Un tipo de sociedad offshore que permite a un inversor externalizar la gestión de sus activos a un gestor.

La medida aún debe ser debatida en el Congreso Nacional para que los cambios entren en vigencia a partir de enero de 2024. Pero muchos inversionistas han hecho los cálculos desde el anuncio del MP para comprender las dimensiones del impacto en sus carteras de inversión.

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Según el texto adjunto, las rentas obtenidas de inversiones financieras en el exterior por personas físicas residentes en Brasil serán gravadas con tasas que van del cero al 22,5%, dependiendo del tamaño de las ganancias. Si la renta es inferior a R$ 6.000 por año, no se cobra impuesto. Para ganancias entre R$ 6.000 y R$ 50.000, la tasa será del 15%. Las ganancias superiores a R$ 50.000, a su vez, serán gravadas al 22,5%.

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Uno de los temas que suscitó dudas es Recibo de dividendos por acciones de empresas listadas en bolsas extranjeras en poder de brasileños. Para alivio de los inversionistas, la situación no es de mayor preocupación en estos casos, ya que Brasil tiene convenio con algunos países para evitar la doble tributación.

Mirando a EEUU, que suele ser el principal destino de quienes invierten en el extranjero, la tasa de dividendo que cobra el gobierno estadounidense es del 30% y los importes son retenidos automáticamente -en origen- por la empresa pagadora.

Dado que existe un acuerdo entre Brasil y los EE. UU., el inversor solo necesita declarar los montos en la declaración del impuesto a la renta, sin tener que pagar nuevos impuestos localmente, ya que la tasa de los EE. UU. supera la tasa brasileña (actualmente, los dividendos están exentos de impuestos a la renta en Brasil). Para Diogo Ulm Ferreira, especialista en impuestos de VBSO Advogados, la reciprocidad se mantendrá a pesar del diputado.

Lo que cambiará, en efecto, será el impuesto a las ganancias de capital obtenidas por la venta de activos, entre ellos las acciones listadas en las bolsas de valores internacionales. Según la legislación vigente, existe una exención sobre las ganancias de venta de hasta R$ 35.000 por mes. Por encima de ese valor, la tasa varía del 15% (para ventas de hasta R$ 5 millones) al 22,5% (más de R$ 30 millones).

Actualización del valor de los activos: ¿Vale la pena?

Las medidas relativas a la tributación de las utilidades en el exterior entrarán en vigencia, de ser aprobadas, el 1 de enero de 2024. Sin embargo, el diputado también presenta una iniciativa para prever ingresos tributarios que puede entrar en vigencia a finales de este año, dependiendo de la voluntad del contribuyente.

Los inversores, personas físicas o jurídicas, deben incluir sus bienes y derechos en la declaración anual y registrarlos al precio de compra. Cuando se vende el activo, se paga el impuesto a las ganancias de capital. Esta misma regla se aplica a los bienes en el extranjero.

Lo que propone el MP es que el contribuyente pueda actualizar el valor de los bienes que tiene en el extranjero en la declaración de acuerdo a su valor de mercado calculado al 31 de diciembre de 2022, y pagar el 10% sobre la ganancia registrada entre la compra y esta actualización.

La actualización es opcional y se puede realizar hasta el 30 de noviembre. En la práctica, equivaldría a un pago anticipado del impuesto a la renta -con, como contrapartida, una tasa más favorable. Después de todo, la tasa impositiva mínima a pagar por la venta de activos en el extranjero es del 15%.

Para Víctor Savioli, cofundador de la plataforma de cómputo de impuestos Velotax, lo ideal sería que el contribuyente esperara la aprobación de la medida cautelar para decidir si actualiza o no los valores.

Pero para aquellos que ya están considerando esta posibilidad, es importante saber que podría valer la pena, como muestran las simulaciones. Imagine que un brasileño compró una propiedad en el exterior por $250.000 hace tres años. Si durante este periodo su valor aumentó en un 50%, se puede inferir que hoy valdría $375,000 USD a precios de mercado.

Si el contribuyente optara por registrar este nuevo monto en la declaración, tendría que pagar $12,500 de impuesto —equivalente a la tasa del 10% aplicada a los $125,000 de ganancias de capital en ese período— en ese año, incluso sin haber vendido la propiedad.

Si no lo hace, pero vende la propiedad en el futuro por $375.000, la tasa que se aplicaría a la ganancia sería del 22,5%, lo que implicaría pagar $28.100 de impuesto sobre la renta. Esto es, por supuesto, si el precio no sube más.

“Es opcional, lo mejor es esperar la aprobación del diputado, y si es el caso y el contribuyente está disponible, pues cobrar”, instruye Savioli.

Para el especialista, los cambios propuestos no deben ser un obstáculo para que los brasileños continúen invirtiendo en el exterior, ya que el principal objetivo es la diversificación de la cartera. «Los cambios no hacen que invertir en el exterior sea más atractivo, pero los brasileños no dejarán de invertir, porque es una decisión de diversificación. Los aspectos positivos aún superan a los negativos».

Fideicomiso y offshore

Se espera que los cambios propuestos por el gobierno federal cobren la vida de quienes utilizan las estructuras legales (entidades reguladas, Armada que eso confianza) para aplicar fuera del país.

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Para quienes invierten directamente como personas físicas, el peso de las nuevas reglas variará según el tamaño de la cartera y el volumen de operaciones que se ejecuten cada mes. Pero de cualquier manera, los expertos recomiendan precaución, ya que la propuesta del gobierno puede modificarse durante el procedimiento, o incluso no aprobarse.

«Ahora no es el momento de cambiar estructuras o implementar cambios de cartera. Es necesario monitorear y estudiar lo que se ha propuesto. Muchas medidas tributarias terminan sin aprobarse”, dice Ferreira de VBSO Advogados. «Es hora de permanecer atentos y seguir adelante.»

La Medida Transitoria 1171/2023, si se aprueba sin modificaciones, modifica la forma de los impuestos a las inversiones en el extranjero como forma de compensar el aumento de la exención del IRPF para las personas físicas. La propuesta deberá ser aprobada hasta por 120 días, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Se ha propuesto un cambio razonable para quienes utilizan estructuras legales para invertir en el extranjero. Si bien una persona que invierte directamente necesita declarar y, si es posible, cobrar un IR una vez que se haya enajenado el activo, el confianza que eso Armada No necesita pagar el impuesto si no hay distribución de dividendos a los accionistas.

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Sin embargo, este aplazamiento de pago ya no es posible a través de estructuras donde la renta activa es inferior al 80% de la renta total.

Estas estructuras son muy utilizadas por los inversores que tienen más capacidad financiera. Tenían la ventaja de obtener ganancias financieras y reasignar recursos sin pagar impuestos. Es seguro decir que será más caro», explica Ferreira.