El plan debe pagar las pruebas genéticas para niños con retrasos cognitivos.

Las cláusulas que limitan la responsabilidad de un operador de salud, respecto de determinadas pruebas y tratamientos, relativas a decisiones de la Agencia Nacional de Salud (ANS) o cualquier otra norma análoga, deben considerarse abusivas porque establecen restricciones excesivas a los derechos del consumidor.

reproducciónEl plan debe pagar las pruebas genéticas para niños con retrasos cognitivos.

Con base en este entendimiento, la Sala Sexta de la Corte de Justicia de São Paulo confirmó por unanimidad la condena de un operador de un plan de salud de pagar el costo de una prueba genética para un niño con retraso global del desarrollo.

El juez también señaló que el contrato debe adaptarse a la evolución de la medicina, y corresponde al profesional del área indicar el examen o tratamiento adecuado para su paciente, y no permitir la injerencia de la compañía de seguros para este fin, bajo pena. de violación La propia cosa contratada, esto es, para proteger la vida y la salud del asegurado.

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