abril 19, 2024

Beneficio adicional de R$ 4.500 para jubilados: entienda cómo funciona

Beneficio adicional de R$ 4.500 para jubilados: entienda cómo funciona

Se encuentra en estudio en el Congreso Nacional el Proyecto de Ley (PL) N° 341/2021, que prevé una prima adicional que cubre a los asegurados del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). El propósito es ayudar financieramente a los asegurados de seguros corporales que sufrieron pérdidas en el punto álgido de la pandemia de Covid-19.

Así, el texto establece que se transferirán tres cuotas, cada una de R$ 1.500, para un total de R$ 4.500. Por tanto, el importe será un alivio económico, por lo que los beneficiarios podrán saldar sus deudas con el importe.

El autor de la propuesta es el representante federal Allen Georgell (Republicanos/Associated Press). Además, el procedimiento aún está en camino de convertirse en decisivo. Por lo tanto, no se autoriza la transferencia de la asignación, ya que debe haber una votación en los distintos comités.

¿Quién tiene derecho a la asignación adicional del INSS?

Así, si efectivamente se aprueba el subsidio complementario en el Congreso, no estarán cubiertos todos los asegurados del INSS, ya que el monto es para los perjudicados por la pérdida de su trabajo durante la pandemia.

Por tanto, según el texto, para tener derecho a la prestación, el asegurado deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • haber sido despedido sin una buena razón durante el apogeo de la epidemia;
  • Cumplir con los requisitos del seguro de desempleo estipulados en la Ley N° 7998/1990.

De esta manera, las reglas del seguro de desempleo se relacionan con la duración de la estadía en el trabajo. Así, el plazo exigido varía según el número de veces que el ciudadano haya solicitado el beneficio. pagando:

¿Cuándo se presentó la solicitud del seguro de desempleo? Duración de la estancia requerida
Primer orden Haber trabajado durante al menos 12 meses en los últimos 18 meses antes del despido
segundo requisito Haber trabajado al menos 9 meses en los últimos 12 meses antes del despido
Tercer orden en adelante Haber trabajado en cada uno de los seis meses anteriores al despido
Fuente: Ministerio del Trabajo y Previsión Social

¿Cuándo se pagará la asignación adicional?

En resumen, el texto ha recibido hasta ahora solo una opinión favorable del Comité de Derechos de las Personas Mayores.

Actualmente, se están llevando a cabo discusiones sobre la liberalización de la asignación de horas extraordinarias en el Comité de Trabajo, Administración y Servicio Público. Por tanto, de ser aprobado, el texto será enviado a la Comisión de Hacienda y Tributos ya la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía, donde también será votado.

Finalmente, pasa a la sanción presidencial. Así, la previsión es que los pagos se realicen en 2023.

Foto: Jair Ferreira Belafacce / Shutterstock.com